Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Irka Eurídice Ariza Cabrera contra la Sentencia núm. 001-022-2021-SSEN- 01348, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de octubre del dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de procedencia (art. 53 LOTCPC; TC/0123/18). Recurrente: se limita a sustentar sus pretensiones en cuestiones meramente de hechos, para que el Tribunal conozca nuevamente el fondo del asunto, lo cual escapa del ámbito del recurso de revisión (art. 53.3.c LOTCPC). Tribunal Constitucional: no es una cuarta instancia (TC/0618/23; TC/0741/23; TC/0798/23). Imputabilidad de vulneración de derechos fundamentales al órgano jurisdiccional: requisito no satisfecho (art. 53.3.c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: Beard Marcos.