Detalle sentencia TC/0125/25

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Publicación: Jueves 10 de Abril , 2025 / 03:35 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0406

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Leandro Croci contra la Resolución núm. 3687-2017, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, el veintidós (22) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0053/13; TC/0130/13; TC/0123/18; TC/0067/24). Competencia de atribución: otorgada por ley a los tribunales para decidir sobre las pretensiones de las partes (TC/0498/19). Derecho a un juez competente o natural: derecho fundamental (art. 69 Constitución; TC/0079/14). Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia: tienen competencia para conocer de un segundo recurso de casación solo cuando este verse sobre el mismo punto de derecho ya juzgado (art. 15 Ley 25-91). Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia: sí era competente para conocer y decidir el segundo recurso de casación. Derecho a un juez competente o juez natural: no se configura su vulneración. Recurso de casación: caducidad (art. 7 Ley 3726). Computo del plazo: configuración (art. 1033 CPC). Auto de emplazamiento: fue notificado fuera del Distrito Nacional (art. 1033 CPC). Recurso de casación: correspondía aumentar el plazo (art. 7 Ley 3726). Suprema Corte de Justicia: incorrecta valoración de los elementos que incidían en el cómputo del plazo procesal. Tutela judicial efectiva y debido proceso: se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.  

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10/04/2025
tc-0125-25-tc-04-2024-0406.pdf
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