Detalle sentencia TC/0115/25

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Publicación: Miércoles 09 de Abril , 2025 / 06:25 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0494

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la Compañía Constructora Financiera Conficiera, S.R.L., representada por el señor Ramón Miguel Núñez Jiménez, contra la Resolución núm. 5838-2017, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de octubre del dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0080/12). Validez de la notificación: debe ser a persona o domicilio (TC/0109/24; TC/0163/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpone contra sentencias firmes. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurso debe estar debidamente motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0324/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: incuestionable falta de motivación. Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: Ferreira.

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09/04/2025
tc-0115-25-tc-04-2024-0494.pdf
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