Detalle sentencia TC/0111/16

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Publicación: Viernes 22 de Abril , 2016 / 06:10 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2008-0014

La acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los señores Manuel Arturo Pellerano Peña y Juan Felipe Mendoza Gómez contra los artículos 422, numeral 2.1, y 426, numeral 1, de la Ley núm. 76-02, que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana, del diecinueve (19) de julio de dos mil dos (2002).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (Art. 185.1 Constitución; Arts. 9 y 36 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: legitimación activa o calidad. Acción directa de inconstitucionalidad: disposición atacada ha sido modificada por efecto de la Ley núm. 10-15. Acción directa de inconstitucionalidad: modificación abre posibilidad de que la corte, al conocer el recurso de apelación, pueda recibir y realizar una nueva valoración probatoria. Acción directa de inconstitucionalidad: apertura es lo que precisamente promueven los accionantes. Art. 426. 1 Ley núm. 76-02: invariabilidad tras modificación Ley núm. 10-15. Tutela judicial efectiva: noción. Recurso de casación: al ser un recuro extraordinario, no constituye un mecanismo para hacer efectivo el principio de doble instancia. Recurso de casación: habilitación para ciertos casos: no se traduce en una vulneración a la tutela judicial efectiva. Recurso de casación: carácter extraordinario: tiene esencialmente una función sistémica, por lo que no se traduce en una tercera instancia. (TC/0270/13). Acción directa de inconstitucionalidad: Inadmisible por falta de objeto. Acción directa de inconstitucionalidad: Art. 426. 1 Ley núm. 76-02: rechaza.

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17/01/2018
tc-0111-16.pdf
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