Detalle sentencia TC/0107/16

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Publicación: Jueves 21 de Abril , 2016 / 01:44 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2013-0021

La acción directa de inconstitucionalidad incoada por los señores Cristino Hernández Francisco y Mercedes Camacho Hernández contra la primera parte del literal c), párrafo II, del artículo 5 de la Ley núm. 4914-08, que modifica la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación, del veintinueve (29) de diciembre de mil novecientos cincuenta y tres (1953).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (Artículo 185. 1 Constitución; Arts. 9 y 36 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: Inadmisible contra decisiones jurisdiccionales u otra actuación distinta de las contenidas en los artículos 185.1 de la Constitución y 36 LOTCPC. Acción directa de inconstitucionalidad: control de inconstitucionalidad: No podrá ejercerse nuevamente contra aquellas normas o actos excluidos del ordenamiento jurídico. Tribunal Constitucional: Declaró en su sentencia TC/0489/15 no conforme con la Constitución el Art. 5 de la Ley núm. 491-08. TC/0489: estableció inconstitucionalidad diferida o temporal. Acción directa de inconstitucionalidad: carácter de cosa juzgada, la cual ha tenido como efecto la expulsión de esa norma del ordenamiento jurídico. Acción directa de inconstitucionalidad: Inadmisible. Voto particular: magistrada Piña Medrano.

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17/01/2018
tc-0107-16.pdf
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