Detalle sentencia TC/0105/13

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Publicación: Jueves 20 de Junio , 2013 / 03:11 P. M.

Referencia: Expediente No. TC-04-2012-0054

Recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por los señores Reemberto Pichardo Juan y compartes, contra el Auto núm. 23-2012, del veintidós (22) de mayo de dos mil doce (2012), dictado por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia.

Sumario

Revisión Constitucional de decisiones jurisdiccionales: aspecto temporal y material. Aspecto temporal: decisiones que hayan sido dictadas con anterioridad al 26 de enero de 2010 no pueden ser revisadas. Aspecto material: el Tribunal Constitucional puede revisar las decisiones judiciales y las emitidas por órganos que no forman parte del Poder Judicial. Sentencia irrevocable de cosa juzgada: sentencia no susceptible de recurso ordinario o extraordinario. Auto del Presidente de la Suprema Corte de Justicia: actuación administrativa o de trámite que declina al Ministerio Público.  Revisión Constitucional de Decisiones Jurisdiccionales (Artículo 53 LOTCPC): auto del Presidente de la Suprema Corte de Justicia no es una sentencia sino un acto mediante la cual se declina la querella por ante el Procurador General de la República. Auto Presidente de la Suprema Corte de Justicia: auto que declina querella por ante la Procuraduría General de la República es un acto de trámite administrativo. (TC/0081/13). Inadmisible.

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16/01/2018
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