Detalle sentencia TC/0104/12

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Publicación: Miércoles 26 de Diciembre , 2012 / 06:35 P. M.

Referencia: Expediente No. TC-01-2012-0039

La Acción de Inconstitucionalidad incoada por el señor Radhamés Ferreras Alcántara contra el Auto No. 01, de fecha cinco (5) de enero de dos mil doce (2012), emitido por el Procurador General Adjunto del Procurador de la República, el Doctor Ramón Arístides Madera Arias y la Secretaria 1 del Despacho del Procurador General, la Licenciada Frieda Rosangel Martínez Rosario; y la presentación de acusación hecha por el Licenciado Yván Ariel Gómez Rubio, Procurador Fiscal Adjunto del Distrito Judicial de Barahona, de fecha veinticinco (25) de noviembre de dos mil once (2011), y depositada en el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Barahona en fecha veinticinco (25) de noviembre de dos mil once (2011).

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Acción directa en inconstitucionalidad: competencia (185.1 Constitución; Artículos 36 LOTCPC). Acción directa en inconstitucionalidad: reservada para actos emanados de los poderes públicos con carácter normativo y alcance general (Articulo 185.1 Constitución; Articulo 36 LOTCPC). Derecho Procesal Constitucional: procedimiento autónomo diferente a los demás procesos ordinarios. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: finalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: inadmisible respecto a decisiones jurisdiccionales. Inadmisible.

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16/01/2018
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