Detalle sentencia TC/0101/15

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Publicación: Jueves 28 de Mayo , 2015 / 05:34 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-08-2012-0075

Recurso de casación incoado por los ciudadanos Diomedes Durán Sánchez y Efigenia Felipe Tavárez contra la Sentencia núm. 00614-2011, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el veintidós (22) de agosto de dos mil once (2011). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Acción de amparo: una sentencia dictada en ocasión de un recurso de amparo sólo puede ser impugnada en revisión (Art. 94 LOTCPC). Recurso de casación: recalificación de oficio a revisión constitucional de sentencia de amparo (Art. 7.11 LOTCPC) (TC/0015/12; TC/0174/13; TC/0210/13; TC/0015/14; TC/0207/14 y TC/0348/14).  Recalificación de recurso. Principio de efectividad, principio de oficiosidad y principio de favorabilidad  (arts. 7.4 y 7.5 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: (TC/0007/12). Ley 437-06: derogada. Aplicación Ley 437-06: vulnera, tanto el derecho a la tutela judicial efectiva, como el debido proceso. Acción de amparo: el Tribunal Constitucional procederá al examen del fondo de la acción de amparo (TC/0039/12; TC/0071/13). Legalidad ordinaria: la naturaleza del amparo impide suscitar ante un órgano constitucional cuestiones de legalidad ordinaria. Juez ordinario: Corresponde la determinación del hecho, la interpretación y la aplicación del derecho. Acción de amparo: inadmisibilidad por existencia de otras vías (TC/0021/12; TC/0030/2012; TC/0041/2012 y TC/0261/2013). Derecho de propiedad: inmueble no registrado. Inmueble no registrado: derecho común. Jurisdicción Civil: competente para determinar el titular del derecho de un inmueble no registrado. Acoge, anula. Declara inadmisible. Votos particulares de los magistrados Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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17/01/2018
sentencia-tc-0101-15-c.pdf
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