Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el señor Rafael A. Vargas Méndez, en calidad de procurador fiscal titular del Distrito Judicial de la provincia Bahoruco, contra la Sentencia núm. 00002-2014, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Bahoruco el veinticuatro (24) de enero de dos mil catorce (2014).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 94 LOTCPC; Art. 185.4 Constitución). Revisión constitucional de sentencias de amparo: requisitos de forma (Artículo 95 LOTCPC). Recurso de revisión constitucional en materia de amparo: plazo de cinco (5) días, hábil y franco (Art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0061/13; TC/0071/13; TC/0132/13). Recurso de revisión constitucional en materia de amparo: extemporáneo. Inadmisible