Recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste (ASDO) contra la Sentencia núm. 192-2012, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, en fecha veintiséis (26) de octubre del año dos mil doce (2012).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Sentencias de amparo: solo son recurribles en revisión y tercería (artículo 94 LOTCPC). Revisión constitucional: Plazo (Artículo 95 LOTCPC). Plazo (Artículo 95 LOTCPC): franco y se computan los días hábiles (TC/0080/12). Especial trascendencia y relevancia constitucional: concepto y configuración (TC/007/12). Autoridad Pública: sus actos se consideran enmarcados en las potestades previstas en la ley (TC/00242/13). Autoridad pública: presunción de validez de sus actos (TC/00242/13). Acto administrativo: presunción de validez. Derecho de propiedad registrado: no puede ser desconocido por ninguna institución del estado (TC/00242/13, artículo 51 de la Constitución). Admite y Rechaza. Voto particular de la magistrada Jiménez Martínez.