Detalle sentencia TC/0084/25

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Publicación: Lunes 31 de Marzo , 2025 / 04:59 P. M.

Referencia: TC-05-2013-0105

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Luis Manuel Peralta Rosario contra la Resolución núm. 00038/2013, dictada el treinta y uno (31) de mayo del dos mil trece (2013) por la Cámara Penal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata (2013).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0109/24; TC/0406/14; TC/0007/12). Accionante: pretende que se conozca nuevamente un asunto ya decidido por el juez de amparo. Juez de amparo: erró al declarar irrecibible la acción de amparo cuando lo que procedía era que declarara la notoria improcedencia de la acción (TC/0084/19; TC/0020/23). Acción de amparo: deviene en inadmisible por ser notoriamente improcedente, en razón de que el conflicto en cuestión ya había sido resuelto judicialmente (art. 70.3 LOTCPC; TC/0258/20; TC/0020/23). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: Ferreira y Reyes Torres.

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31/03/2025
tc-0084-25-tc-05-2013-0105.pdf
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