Detalle sentencia TC/0083/14

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Publicación: Miércoles 21 de Mayo , 2014 / 06:45 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2013-0066

Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el Concejo de Regidores del Ayuntamiento Municipal Villa Isabela, Puerto Plata, contra la Sentencia núm. TSE-010-2013, dictada por el Tribunal Superior Electoral, en fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de sentencias de amparo. Especial trascendencia  relevancia constitucional. Revisión constitucional de sentencias de amparo. Acción de amparo: competencia en materia electoral. Acción de amparo: vía efectiva (Artículo 70.1 LOTCPC). Vía efectiva: el legislador solo exige que sea tan eficaz como la acción de amparo. Vía eficaz: se debe indicar cuál es la otra vía para que el tribunal analice la pertinencia del medio de inadmisión. Ley 176-07: incompatibilidades que afectan a los síndicos, vice-síndicos, regidores, directores y vocales. Junta de Distrito Municipal: no existe prohibición de que dos familiares formen parte del gobierno y de la administración. Incompatibilidad: la existencia de primo-hermano no es un motivo de incompatibilidad. Concejo de Regidores: no tiene potestad para destituir un vocal elegido por el voto popular. Juicio Político: vía para destituir un vocal elegido mediante voto popular. Astreinte. Rechaza. Voto particular de las magistradas Piña Medrano y Jiménez Martínez.”

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17/01/2018
sentencia-tc-0083-14-c.pdf
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