Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Pedro Enrique Valdez Díaz contra la Sentencia núm. 0030-03-2024-SSEN00208, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, el cinco (5) de abril del dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96, 98 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0109/24; TC/0147/14; TC/0406/14; TC/0007/12). Principio non bis in idem: configuración (art. 69.5 Constitución; TC/0027/14). Juez de amparo: determinó que el presente caso fue decidido mediante la Sentencia núm. 0030-04-2023-SSEN-00796, y que la presente acción y la sentencia decidida tienen identidad de sujetos y hechos y descansan en los mismos fundamentos jurídicos. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma.