Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo de cinco días (Art. 95 LOTCPC; TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Especial trascendencia y relevancia constitucional: apreciación (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Acción de amparo: otra vía (Art. 70.1 LOTCPC; TC/0012/12; TC/0137/13; TC/0203/13; TC/0031/14 y TC/0071/14). Acción de amparo: su naturaleza impide suscitar ante un órgano constitucional cuestiones de legalidad ordinaria (TC/0410/15). Jurisdicción ordinaria: le corresponde dirimir este conflicto de legalidad ordinaria. Tribunal de amparo: incurrió en un error procesal (TC/0091/16). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.