Revisión constitucional de sentencias de amparo. Revisión constitucional de sentencias de amparo: Competencia (Artículo 94 LOTCPC; Artículo 185.4 Constitución). Fusión: justificación. Fusión: Finalidad. Fusión: cuando existe identidad en la persona, en el objeto y la causa (TC/0089/13). Fusión: Facultad discrecional de los tribunales (TC/0094/12). Fusión: coherencia con el principio de celeridad y de efectividad (Artículo 7.2 y 7.4 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencias de amparo: Requisitos de admisibilidad (Artículo 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional (TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Noción abierta e indeterminada (TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Configuración (TC/0007/12). Recurso de revisión constitucional en materia de amparo: inadmisible por que no se han comprobado las vulneraciones invocadas, relativas a la violación del derecho de defensa y el debido proceso Recurso de revisión constitucional en materia de amparo: Inadmisible por extemporáneo. Recurso de revisión constitucional en materia de amparo: Plazo. Plazo: cinco (5) días franco (Artículo 95 LOTCPC; TC/0080/12). Rechaza y confirma.