Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el señor Juan Cedeño contra de la Sentencia núm. 0052/2013, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, de fecha once (11) de abril de dos mil trece (2013).
Revisión Constitucional de Sentencias de Amparo. Acción de amparo: otras vías (Art. 72 LOTCPC). Acción de amparo: Devolución de bienes incautados. Juez de la Instrucción: devolución de inmuebles incautados corresponde al Ministerio Público, si este no obtempera le corresponderá al juez de la instrucción (artículos 73, 190 y 292 del Código Procesal Penal). Inadmisibilidad.