Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Especial trascendencia y relevancia constitucional (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admisibilidad (Art. 94 LOTCPC). Acción de amparo: otra vía (Art. 70.1 LOTCPC). Otra vía: noción. Juez de la Instrucción: cuenta con los mecanismos y los medios más adecuados para determinar la procedencia o no de la devolución de bien mueble incautado como cuerpo del delito (TC/0084/12). Bienes incautados: la devolución de bienes incautados o secuestrados, debe ser requerida al Ministerio Público. Bienes incautados: ante la negativa o silencio de parte del Ministerio Publico, se impone acudir ante el juez de la instrucción (TC/0150/14). Juez de amparo: correcta interpretación del artículo 70.1 LOTCPC. Revisión Constitucional de Sentencia de Amparo: Rechaza y confirma.