Detalle sentencia TC/0053/17

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Publicación: Jueves 02 de Febrero , 2017 / 11:46 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0074

recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la señora Altagracia Julia Drullard Espinal contra la Sentencia núm. 00301-2014, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de septiembre de dos mil catorce (2014).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo de 5 días francos y hábiles a partir de la notificación de la sentencia (Art. 95 LOTCPC; TC/008012). Revisión constitucional de sentencia de amparo: cumplimiento del plazo. Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Acción de amparo: es inadmisible cuando existe otra vía judicial efectiva (Art. 70.1 LOTCPC). Vía judicial efectiva: jurisdicción administrativa. Jurisdicción administrativa: resuelve los conflictos sobre la legalidad de un despido. Juez de amparo: ejercicio correcto de sus facultades (TC/0185/15 y TC/0158/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: rechaza. Votos particulares: magistrados Díaz Filpo y Castellanos Pizano.

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17/01/2018
tc-0053-17.pdf
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