Detalle sentencia TC/0051/15

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Publicación: Lunes 30 de Marzo , 2015 / 07:31 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2005-0007

La acción directa de inconstitucionalidad incoada por Ramón Antonio Herrera Grullón y Aracelia Martínez de Herrera contra el artículo 217 del Código de Procedimiento Civil.

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (artículo 185.1 Constitución; artículo 36 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: Legitimidad activa: Acción directa de inconstitucionalidad: Parte interesada conforme Constitución de 2002. Acción directa de inconstitucionalidad: Procedimiento aplicable. Solicitud de suspensión: El Tribunal Constitucional solo está facultado para ordenar la suspensión de la ejecución de una sentencia cuando se encuentra apoderado de un recurso de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales o de revisión de amparo (TC/0068/12). Inscripción en falsedad (Art. 217 CPC). Inscripción en falsedad: procedimiento. Inscripción en falsedad: características.  Principio de razonabilidad (Art. 40.15 Constitución). Test de razonabilidad: elementos (TC/0044/12). Inscripción en falsedad: exclusión del documento no genera privilegio alguno a favor de la parte demanda en falsedad. Tutela judicial efectiva y debido proceso. Acción directa en inconstitucionalidad: Principio razonabilidad y debido proceso. Inscripción de falsedad (art. 217 CPC). Tutela judicial efectiva (Art. 68 Constitución). Debido proceso (Artículo 69 de la Constitución). Debido proceso: ninguna persona puede ser juzgada sino por medio de leyes preexistentes. Inscripción en falsedad: el demandante tiene abierta la posibilidad de presentar su pretensiones mediante una acción principal en falsedad de escritura por ante la jurisdicción penal.  Admite, rechaza y confirma.

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17/01/2018
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