Detalle sentencia TC/0028/15

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Publicación: Jueves 26 de Febrero , 2015 / 07:26 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2013-0037

la acción directa de inconstitucionalidad contra la Resolución núm. 01-2013, emitida por el Concejo de Regidores del Ayuntamiento de San Pedro de Macorís el diecisiete (17) de enero de dos mil trece (2013).

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido. Acción directa de inconstitucionalidad: objeto (artículo 185.1 de la Constitución; artículo 36 de la Ley 137-11).  Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT): naturaleza. Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT): carece de capacidad procesal. Administración pública: conformada por entes y órganos administrativos (Ley 247-12). Oficina Técnica de Transporte Terrestre: un órgano administrativo sin personalidad jurídica de derecho público que no ostenta la capacidad para accionar en justicia. Capacidad procesal: actuar en justicia. Presidente de la Republica: único miembro de la Administración Central facultado por la Constitución para incoar acciones directas de inconstitucionalidad. Acción directa en inconstitucionalidad: Inadmisible.

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17/01/2018
sentencia-tc-0028-15-c.pdf
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