La acción de amparo incoada por la Compañía Reparto Don Domingo, S.A., Dimas Rodríguez C., y Leonardo Conde Rodríguez, contra Marcos Mercado, Altagracia Rodríguez de Mercado, Patricia Mercado Rodríguez y el Instituto Dominicano de Recursos Hidráulicos (INDHRI).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia del juez de amparo: juzgados de primera instancia. Revisión constitucional de sentencia de amparo: no fue apoderada la jurisdicción correspondiente (Art. 74 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Tribunal Constitucional: debe no solo anular la sentencia, sino declinar el asunto ante la jurisdicción correspondiente. Competencia del tribunal por ratione materiae. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge, admite, anula y remite.