Detalle sentencia TC/0016/17

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Publicación: Miércoles 11 de Enero , 2017 / 05:52 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2015-0152

recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por los señores Brígida Altagracia Monción Martínez, Pedro Celestino Gómez Monción, Franklyn Reynoso Sosa, sucesores de José María Tejada, Miguel Cordero, Leoncio Gómez, Santo Monción, Pedro María Reynoso, Ana Rosa Monción, Cecilio Cordero Martínez, Icelso Gómez, Juan de Jesús Gómez Ventura, Francisco Gómez, Fredy Monción, Vicente de Jesús Cordero, José Bartolo Peña, Silvano Monción, Pedro Pablo Gómez Gómez, Parmenio Antonio Gómez Barrientos, José Bartolo Peña Then, Miguel Cordero, Regino Gómez, Silvano Monción Martínez, Francisco Antonio Gómez Barrientos, Antonio Vargas Estévez, Daniel Guzmán, Santos Monción Martínez, Pedro María Ramos Reynoso y Manuel Gómez contra la Sentencia núm. 548, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: admisibilidad (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC).  Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el derecho no pudo invocarse formalmente en el proceso (TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no supone una cuarta instancia (TC/0010/13). Tribunal Constitucional: solo se limita a valorar aspectos sobre el restablecimiento de un derecho fundamental o garantía constitucional y no debe pronunciarse sobre ninguna cuestión del fondo (TC/0010/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. 

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17/01/2018
tc-0016-17.pdf
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