Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por César Augusto Villamán Peña contra la Sentencia núm. SCJ-SS-23-0421, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de marzo del dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0123/18; TC/0409/24). Debida motivación: imposición razonable al juez (TC/0392/20). Test de la debida motivación: requisitos o estándares (TC/0009/13). Debido proceso: principio jurídico procesal (TC/0331/14). Tutela judicial efectiva: se garantiza mediante una decisión debidamente motivada (TC/0384/15). Suprema Corte de Justicia: actuó conforme al mandato constitucional de tutela judicial efectiva al emitir su decisión, y no vulneró los derechos fundamentales alegados. Test de la debida motivación: se satisfacen todos los requisitos. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.