Detalle sentencia TC/0010/15

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Publicación: Viernes 20 de Febrero , 2015 / 07:52 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2013-0032

la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Asociación Nacional de Detallistas de Combustibles, INC., (ANADEGAS) contra la Resolución núm. 22, dictada por el Ministerio de Industria y Comercio el once (11) de febrero de dos mil trece (2013).

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido. Acción directa de inconstitucionalidad: objeto (artículo 185.1 de la Constitución; artículo 36 de la Ley 137-11). Legitimación activa o calidad: noción. Combustibles: fundamento regulatorio de la exclusividad contractual. Ley 407: contrato entre mayoristas y detallistas. Derecho de propiedad intelectual: exigencia contractual conlleva a que el uso de una marca esté  protegido por el Estado, evita que en el mercado se proceda a la comercialización de insumos que no guarden calidad; y  protege a los consumidores para que en los lugares de expendio, reciban los combustibles e hidrocarburos con calidad. Derecho del consumidor. Libertad contractual. Derecho a la libertad de empresa. Libertad de empresa: contenido (TC/0049/13). Regulación económica: no implica violación al derecho a la libertad de empresa (TC/0049/13; TC/0027/12). Derecho a la libertad de empresa: cuando no se evidencia violación no se puede hablar de impedimento a realizar la actividad económica. Debido proceso: contenido. Debido procedimiento administrativo. Debido proceso: debido procedimiento administrativo (TC/0010/15). Debido proceso administrativo: objeto de la norma impugnada no es un acto administrativo s no una norma que establece las condiciones contractuales bajo las cuales que deben operar en determinados mercados. Ley General de Libre Acceso a la Información Pública: resoluciones ilegales deben conocerse ante la jurisdicción contenciosa administrativa.  Rechaza. Voto particular: magistrado Ray Guevara.

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17/01/2018
sentencia-tc-0010-15-c.pdf
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