Control Preventivo de Constitucionalidad del “Convenio Constitutivo del Fondo Multilateral de Inversiones II (FOMIN II)” y del “Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II”, ambos de fecha nueve (9) de abril del año dos mil cinco (2005).
Control preventivo de tratados internacionales: Convenio Constitutivo del Fondo Multilateral de Inversiones II (FOMIN II) y Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II. Suscripción de Convenio: requerimientos de forma (Artículo 26; Artículo 128, numeral 1, literal d Constitución). Suscripción de Convenios: requerimientos de fondo (Artículo 2, 3,5, 6 Constitución). Convenio Constitutivo del Fondo Multilateral de Inversiones II (FOMIN II) y Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II: compatibilidad con los principios rectores del régimen económico (Artículo 50, numeral 2; Artículo 217, 218, 219 Constitución). Conforme a la Constitución de la República.