Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores José Alberto Brito Rijo, Marsella María Santana Rijo y Marino Morales Ramírez contra la Resolución núm. 033-2022-SRES-00372 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de marzo de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9; 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen parcialmente algunos requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3 y 54 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0109/24; TC/0067/24). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (TC/0007/12; TC/0409/24; TC/0489/24). Violación de derechos fundamentales: su simple alegación no es suficiente para admitir el recurso, se requiere que sea constitucionalmente trascendente o relevante (TC/0981/25). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad no satisfecho (arts. 53 y 100 LOTCPC; TC/0612/24). Tribunal Constitucional: ya se pronunció respecto al carácter de orden público de la caducidad (TC/0296/23). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: inadmite. Voto particular: Díaz Inoa y Beard Marcos.