Detalle sentencia TC/1556/25

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Publicación: Martes 30 de Diciembre , 2025 / 10:22 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0327

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Nelson Odalis Soriano contra la Sentencia núm. 0030-03-2024-SSEN-00269-BIS dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el diez (10) de mayo de dos mil veinticuatro (2024).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0071/13; TC/0195/15; TC/0109/24), Juez de amparo: actuó incorrectamente al declarar improcedente la acción de amparo. Acción de amparo interpuesta: su objetivo no es el cumplimiento de una norma, si no la invalidez de una resolución. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge, y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al Tribunal para conocer el fondo de la acción. Tribunal Constitucional: le corresponde pronunciarse sobre la excepción de inconstitucionalidad planteada (TC/0889/23). Excepción de inconstitucionalidad: ausencia de argumentos que permitan al Tribunal estatuir. Tribunal Constitucional: recalifica la acción como un amparo ordinario (TC/0217/18). Jurisdicción contenciosa administrativa en atribuciones ordinarias: es la vía judicial efectiva para conocer la cuestión (TC/0715/24; TC/0552/25). Acción de amparo: imposibilidad de sustituir a las jurisdicciones ordinarias en cuestiones que atienden legalidad ordinaria (TC/0017/13; TC/0022/14). Otra vía judicial efectiva: causal de inadmisibilidad aplicable (art. 70.1 LOTCPC). Otra vía judicial efectiva: opera como una causa de interrupción de la prescripción civil (TC/0358/17; TC/0234/18). Acción de amparo: inadmite.

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07/01/2026
tc-1556-25-tc-05-2024-0327.pdf
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