Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) contra la Sentencia núm. SCJ-TS-24-1963 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0409/24). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: mantiene criterios contradictorios respecto a la jurisdicción competente para dirimir los conflictos generados entre el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones, y sus empleados, y la aplicación de las leyes relativas a la organización de la Administración Pública. Suprema Corte de Justicia: aplicó dos regímenes jurídicos excluyentes. Principio de razonabilidad: vulneración (TC/0473/24; TC/0156/24). Suprema Corte de Justicia: decisión no conforme a derecho al considerar aplicable el régimen jurídico previsto en el Código de Trabajo. Principio de legalidad administrativa: vulneración. Suprema Corte de Justicia: desnaturalizó el uso y costumbre al emplearlo como fuente de derecho. Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones: no está facultado para determinar discrecionalmente el régimen jurídico aplicable a las relaciones laborales de sus servidores (Ley 5892-62: Ley 160-21; Ley 41-08). Principio de ejercicio normativo del poder: vulneración (art. 3.10 Ley 107-13). Derecho al debido proceso: vulneración. Test de la debida motivación: se configura su vulneración. Jurisdicción contencioso-administrativa en atribuciones ordinarias: competente para conocer sobre los conflictos que surjan entre el Ministerio de la Vivienda y sus servidores (TC/0964/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.