Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Olmedo de Jesús Pineda Feliz contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0917, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de septiembre de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Inobservancia del plazo: se encuentra sancionada con la inadmisibilidad del recurso (TC/0247/16). Computo del plazo: aumento en razón de la distancia (art. 1033 CPC; TC/1222/24). Validez de la notificación: debe hacerse dirigida a la persona o domicilio real de las partes involucradas (TC/0109/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurso fue interpuesto fuera de plazo (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: Ferreira y Reyes Torres.