Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Maira Altagracia Pineda Terrero y Castalia Pineda Terrero contra la Sentencia núm. 918 dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, ContenciosoAdministrativo y ContenciosoTributario de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Tribunal Constitucional: ya ha conocido y fallado varios expedientes contra la Sentencia 918, objeto de este recurso, donde consideró que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia no había incurrido en la vulneración de derechos fundamentales planteados. Igualdad ante la ley: fundamento constitucional (art. 40.15 Constitución). Principio de seguridad jurídica: constituye uno de los pilares fundamentales del Estado de derecho. Tribunal Constitucional: da un trato semejante al planteado en la Sentencia TC/0156/23, al ser los mismos alegatos, medios de defensa y conclusiones y contra la misma sentencia, partes recurridas, diferenciado el recurso sólo en los datos y generales de las partes recurrentes. Precedente vinculante: obligación de mantener la unidad de la jurisprudencia. Suprema Corte de Justicia: respondió los medios de casación que le fueron propuestos, realizando una motivación y ponderación adecuada (TC/0016/21; TC/0156/23). Derechos fundamentales: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Díaz Inoa.