Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Tomás Daniel Guzmán Beberts contra la Sentencia núm. 033-2020-SSEN00074, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de enero de dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12; TC/0489/24). Tercero adquiriente de buena fe a título oneroso: ha sido instituida con la finalidad de garantizar el derecho de propiedad y la seguridad jurídica (TC/0028/23). Derecho de propiedad: derecho fundamental de connotación económica y social (TC/0028/23). Sistema Torrens: configuración (TC/0381/15). Parcelas en litis: fueron expropiadas y declaradas de utilidad pública. Sucesores: le deben garantía al Estado. Principio de prioridad registral: excepción de su aplicación. Herederos: actuaron de mala fe, en vender un inmueble que ya no pertenecía a su patrimonio. Suprema Corte de Justicia: determinó correctamente la dimensión de la configuración del derecho de propiedad y su connotación social. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Gil.