Detalle sentencia TC/0919/25

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Publicación: Viernes 10 de Octubre , 2025 / 09:55 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0939

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Máximo Antonio Mejía Vallejo contra la Sentencia núm. 2269, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0007/12; TC/0489/24). Test de la debida motivación: requerimientos para estar debidamente motivada toda decisión jurisdiccional (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: explicó las razones claras y suficientes por las cuales el caso debe de ser rechazado, por la conculcación del principio de non bis in idem. Test de la debida motivación: no vulneración. Debida motivación de las decisiones: parte esencial del debido proceso que tienen los tribunales (TC/0384/15). Suprema Corte de Justicia: hizo una adecuada motivación en cuanto a la violación del principio de non bis in idem. Suprema Corte de Justicia: sustentó su decisión de rechazo de una querella que fue interpuesta dos veces en contra de las mismas partes. Principios de non bis in ídem y de cosa juzgada: son dos principios complementarios que pretenden salvaguardar a los particulares del exceso del ius puniendi del Estado (TC/0183/14; TC/0082/224). Debido proceso: principio jurídico procesal (TC/0331/14). Omisión de estatuir: no se configura (TC/0578/17). Suprema Corte de Justicia: ha dado respuesta clara y precisa de los medios de casación invocados por la parte recurrente. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.

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11/10/2025
tc-0919-25-tc-04-2024-0939.pdf
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