Detalle sentencia TC/0918/25

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Publicación: Viernes 10 de Octubre , 2025 / 09:54 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0807

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores María Domínguez Domínguez, Juana Domínguez Melo, Víctor Nicolás Domínguez García, Aurora Domínguez Domínguez, Bienaventurada Domínguez García y Francisca Domínguez Domínguez contra la Sentencia núm. 0267/2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de febrero de dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: realizada a persona o domicilio real de las partes del proceso (TC/0109/24; TC/0163/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC; TC/0053/13; TC/0130/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (art. 53.3 LOTCPC; TC/0123/18). Especial trascendencia o relevancia constitucional: requisito de admisibilidad (arts. 53, párrafo, y 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: presupuestos y parámetros (TC/0007/12; TC/0409/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurso se limita a plantear una cuestión propia de la justicia ordinaria y, al pretender una valoración de las pruebas sometidas en el proceso de que se trata, escapa del ámbito de aplicación de la jurisdicción constitucional. Especial trascendencia o relevancia constitucional: requisito no satisfecho (art. 53, párrafo LOTCPC; TC/0007/12). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: carece de objeto. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.

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11/10/2025
tc-0918-25-tc-04-2024-0807.pdf
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