Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la señora Fraila Méndez Marrero contra los artículos 59, párrafo III, y 60 del Reglamento Disciplinario del Ministerio Público, aprobado a través de la Resolución decimotercera, adoptada en la segunda sesión ordinaria del Consejo Superior del Ministerio Público del quince (15) de febrero de dos mil veintitrés (2023).