Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Ramón Enrique Nieves contra la Resolución núm. 001-022-2021- SRES-01400, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de septiembre del año dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: realizadas en el domicilio real o a la propia persona del recurrente (TC/0109/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC). Escrito introductorio: no cumple con un mínimo de motivación. Escrito motivado: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.