Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la sociedad comercial JER Ingenieros y Asociados, S.R.L., contra la Sentencia núm. 2604/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de septiembre del dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Suprema Corte de Justicia: conoció el fondo del recurso de casación y lo rechazó. Tribunal Constitucional: se encuentra impedido de realizar valoraciones de hechos y documentos que impliquen analizar el fondo (TC/0070/16; TC/0327/17; TC/0410/19; TC/0283/21). Recurrente: no demostró que se haya incurrido en violación constitucional en relación con los documentos aportados en el tribunal de apelación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el no haber ejercido el derecho de defensa de manera activa y oportuna no implica la vulneración del mismo. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.