Detalle sentencia TC/0487/25

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Publicación: Martes 15 de Julio , 2025 / 03:40 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0652

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Selma Edith Arias Arzeno contra la Sentencia núm. 782, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de mayo del dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0205/13; TC/0143/15; TC/0543/15; TC/0123/18; TC/0109/24; TC/0409/24; TC/0489/24). Tribunal Constitucional: imposibilidad de examinar los hechos y valorar las pruebas (TC/0327/17). Tribunal Constitucional: imposibilidad de pronunciarse sobre la formalización de un inventario de todos los bienes muebles o inmuebles, exigido para la admisión del divorcio por mutuo consentimiento. Omisión de estatuir: configuración (TC/0578/17). Derecho al debido proceso: concepto (TC/0331/14). Derecho a la tutela judicial efectiva: configuración (art. 69 Constitución). Suprema Corte de Justicia: al tratarse de un divorcio por mutuo consentimiento es conforme a derecho admitirlo teniendo como soporte el auto auténtico de convenciones y estipulaciones. Derecho a la igualdad: naturaleza y alcance (TC/0119/14). Divorcio por mutuo consentimiento: regulación legal (arts. 2, 26, 28, 29 y 30 Ley 1306-Bis). Divorcio por mutuo consentimiento: se fundamenta en un acto auténtico de estipulaciones y convenciones. Acto auténtico de estipulaciones y convenciones: se presume su legalidad (art. 16 Ley 140-15). Acto auténtico de estipulaciones y convenciones: solo puede ser impugnado mediante una inscripción en falsedad (TC/0051/15). Inscripción en falsedad: ante la no iniciación de ese procedimiento el acto notarial mantiene su presunción de legalidad y veracidad. Principio de igualdad: no vulneración (art. 39 Constitución). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: constató que el juez de primera instancia interpretó correctamente el acto de estipulaciones y convenciones suscrito entre las partes en el proceso de divorcio por mutuo consentimiento. Suprema Corte de Justicia: correcto rechazo del recurso de casación. Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Tutela judicial efectiva y debido proceso: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.

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16/07/2025
tc-0487-25-tc-04-2024-0652.pdf
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