Detalle sentencia TC/0408/25

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Publicación: Martes 24 de Junio , 2025 / 02:43 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0403

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) contra la Sentencia núm. 030- 02-2022-SSEN-00327, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el tres (3) de agosto de dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0385/21; TC/0780/23; TC/0082/22). Validez de la notificación: debe ser notificada a persona o domicilio (TC/0109/24). Revisión constitucional de sentencia de amparo: obligación de identificar los agravios generados por la sentencia recurrida (art. 96 LOTCPC). Cosa juzgada: noción (TC/0769/23). Revisión constitucional de sentencia de amparo: no se configura el supuesto de identidad de partes para la existencia de cosa juzgada (art. 1351 CC; TC/0032/20). Superintendencia de Pensiones (SIPEN): no ha fungido como parte en los procesos anteriores. Falta de objeto: en aquellos casos en los que la causa que promueve el recurso o la acción ha desaparecido (TC/0820/24). Revisión constitucional de sentencia de amparo: la decisión recurrida ya fue revocada mediante Sentencia TC/0211/23. Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmite.

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26/06/2025
tc-0408-25-tc-05-2024-0403.pdf
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