Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por José Antonio Marchena Duquela contra la Sentencia núm. 1346, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de agosto del dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principios de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0143/15; TC/0007/12). Tutela judicial efectiva y debido proceso: fundamento constitucional (art. 69.9 Constitución). Derecho a recurrir: configuración (TC/0006/12). Derecho a recurrir: supone el agotamiento de los mecanismos procesales. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma (art. 5.c, párrafo II, Ley 491-08). Derecho a recurrir: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Beard Marcos y Reyes Torres.