Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Maritza Esther Ruiz Escoto y Grupo de Ingenieros Consultores, S.R.L., contra la Sentencia núm. SCJ-SS-22-0189 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Plazos: las normas relativas a su vencimiento son de orden público (TC/0543/15). Validez de la notificación: a persona o domicilio (TC/0109/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurso fue interpuesto fuera de plazo (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.