Detalle sentencia TC/0109/25

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Publicación: Lunes 07 de Abril , 2025 / 02:58 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0317

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Nápoles Tomás Cassó Valenzuela contra la Ordenanza Civil núm. 0322- 2024-SORD-00016, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana el doce (12) de abril del año dos mil veinticuatro (2024).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0109/24; TC/0406/14; TC/0007/12). Juez de amparo: errónea interpretación de la jurisprudencia constitucional. Acción de amparo: no puede conocer de aquellos procesos que tengan por objeto cuestiones que están relacionados con dificultades de ejecución de decisiones judiciales. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: aplicación (TC/0071/13). Acción de amparo: cuando procura la ejecución de una decisión resulta inadmisible (TC/0183/15). Acción de amparo: notoria improcedencia (art. 70.3 LOTCPC; TC/0406/23). Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: Beard Marcos y Gil.

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07/04/2025
tc-0109-25-tc-05-2024-0317.pdf
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