Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el licenciado Harrison Salvador Feliz Espinosa contra los artículos 5, 7, 9, 10, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24 y 29 de la Ley núm. 396-19 del veintiséis (26) de septiembre de dos mil diecinueve (2019) que regula el otorgamiento de la fuerza pública para llevar a cabo las medidas conservatorias y ejecutorias.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024).