Pleno TC deja en estado de fallo seis expedientes de acción directa de inconstitucionalidad; Incluyen uno sobre planta Punta Catalina

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Publicación: Lunes 24 de Abril , 2017 / 03:06 P. M.
Pleno TC deja en estado de fallo seis expedientes de acción directa de inconstitucionalidad; Incluyen uno sobre planta Punta Catalina

El Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo seis expedientes de acción directa en inconstitucionalidad y aplazó uno sobre la planta Punta Catalina durante la audiencia pública, encabezada por la magistrada Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta del presidente del organismo, magistrado Milton Ray Guevara.

Los jueces declararon en estado de fallo el expediente: TC-01-2017-0004, en el que Rafael Enrique de León Piña, Domingo A. Acevedo, Rafael David Montes de Oca, Demetrio Turbí Ortiz, Carlos L. Sánchez Solimán, Dolores Paulino, Juanita Herrera y José René Olivo Salazar, miembros del Comité Nacional de Lucha contra el Cambio Climático, atacaron el Decreto número 6-17, del 10 de enero de 2017 que designa una “comisión para la investigación de todo lo concerniente al proceso de licitación y adjudicación de la obra Central Termoeléctrica Punta Catalina”.

Los accionantes fueron representados por Eury Cuevas Medina, Miguel Terrero y Dario Coronado, quienes pidieron como medida cautelar suspender las acciones de la comisión en torno a las investigaciones que realiza y que declare buena y valida la acción, además de anular el decreto por violación a la Constitución.

El acto emanó del Poder Ejecutivo, representado al Presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, el Consultor Jurídico, Flavio Dario Espinal, quien pidió que se declare la inadmisibilidad de la acción, en razón de que ha sido interpuesta ante un tribunal de carácter normativo y de efecto a particulares dictado por el primer mandatario en pleno ejercicio de sus funciones. 

En cuanto al fondo, pidió rechazar la acción directa de inconstitucionalidad y confirmar el decreto objetado para la investigación sobre la licitación y adjudicación de la termoeléctrica indicada.

El representante del Procurador General de la República, Virgilio Peralta de la Cruz, opinó que, en primer orden, se declare inadmisible la acción por no existir un interés jurídico legítimamente protegido que permita configurar la legitimidad procesal de los accionantes y segundo, de manera subsidiaria, que se proceda a la denegación de la acción de conformidad a la ley 137-11 por no comprobarse violación a las disposiciones Constitucionales invocada. 

En otro caso, el expediente TC-01-2017-0005 relacionado al mismo decreto, en el que accionó Elías Báez de los Santos fue aplazado para regularizar la citación del accionante.

La alta corte declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2016-0052, en el que Adriano Rafael Román Román, cuyo representante no acudió, atacó la Sentencia número 218-2010, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el dos de junio de 2010, acto emanado de la Primera Sala de la alta corte.

Peralta de la Cruz, en representación del Procurador, opinó que debe declararse inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad por ser intentada mediante una decisión jurisdiccional y que en consecuencia no puede ser objeto del control concentrado de constitucionalidad. 

Los jueces dejaron en estado de fallo el expediente: TC-01-2016-0056 en el que no comparecieron los representantes de Productos Alimenticios Nacionales (PANCA), S.R.L, que objetó la Sentencia Civil número 133/2014, del 21 de febrero de 2014, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

De su lado, el representante del Procurador opinó que la acción debe declare inadmisible por no poder ser objeto de control concentrado de constitucionalidad.

En el expediente número TC-01-2017-0001, la alta corte le concedió cinco días de plazo a Darlin Marte Rosario, representante del Ministro de Trabajo y presidente del Consejo Nacional de la Seguridad Social, José Ramón Fadul y posteriormente a cada una de las partes para ampliar sus escritos de conclusiones, tras lo cual quedará en estado de fallo.

Santiago Soto, Lucía Boná, Eduardo Jorge Prats y Antonio Medina representaron a Heriberto Morrison Fortunato, quien atacó la Resolución número 374-05 del 15 de octubre de 2015, emitida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social, representada por Fernando Hernández Joaquín. El Procurador Adjunto sugirió que se proceda a la denegación de la acción de inconstitucionalidad por no comprobarse la violación a la norma constitucional invocada. 

De igual forma, fue declarado en estado de fallo el expediente: TC-01-2017-0002, en el que Rhina Alessandra Díaz Tejada de Zapata y Marcos Antonio Cruz García, representado por este último, objetaron la Resolución del 7 de febrero de 2017, emitida por el Senado de la República, mediante la cual se eligió a la señora Margarita Melenciano Corporán como miembro de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.

La Cámara de Cuentas fue representada por Cristóbal Rodríguez Gómez, quien fungió como interviniente voluntario, que además fue objetado por los accionantes, pero éste sustentó que se debe rechazar la acción en todas sus partes por carecer de fundamentos constitucionales.

El acto emanó del Senado de la República, representado por  Meglys Gil, Emilio Fabían y Santiago Merán.  Mientras que el Procurador Adjunto sugirió que en el fondo se declare inadmisible la acción por el carácter administrativo y el alcance particular que según los precedentes del TC no puede ser objeto de control concentrado d inconstitucionalidad.

El TC dejó en estado de fallo el expediente: TC-01-2017-0003, cuyo accionante fue Henry Morales Sánchez, cuyo representante no compareció.  En el caso se actuó contra la Ley número 91-05, del 26 de febrero de 2005, que crea el Consejo Provincial para la Administración de los Fondos Mineros y el Decreto número 266-09, del 27 de marzo de 2009, dictado por el Poder Ejecutivo, que instituye el Reglamento para la aplicación de la Ley número 91-05. 

La norma y el acto atacado proceden del Senado y la Cámara de Diputados de la República; además del Poder Ejecutivo.  Jerry de Jesús Castillo, al representar la Cámara Baja solicitó declarar conforme con la Constitución la ley objetada y rechazar la acción por caracer de fundamento constitucional. 

Por el Senado, Ricardo Durán pidió ratificar en todas sus partes sus escritos y dejo a la apreciación de los jueces del TC lo concerniente a la inconstitucionalidad de la acción. El Procurador Adjunto pidió que sea denegada la acción por no comprobarse violación a la Constitución.

El organismo ventiló los siete expedientes este 24 de abril de 2017 en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia. Además de la magistrada Piña Medrano, el Pleno estuvo integrado por los jueces Víctor Gómez Bergés, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Wilson Gómez Ramírez, Justo Pedro Castellanos Khoury, Jottin Cury David, Katia Miguelina Jiménez Martínez, Rafael Díaz Filpo e Idelfonso Reyes.

Departamento de Prensa
Lunes 24 de abril, 2017