Detalle sentencia TC/0791/23

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Publicación: Martes 26 de Diciembre , 2023 / 04:46 P. M.

Referencia: TC-05-2017-0155

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) contra la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00008, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintitrés (23) de enero de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9, 64 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional en materia de hábeas data: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 64, 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Sociedad Rosso Mio LTD: ya no ejerce derecho de propiedad sobre el vehículo importado al país. Sociedad Rosso Mio LTD: falta de calidad para accionar en amparo. Juez de amparo: incorrecta valoración del medio de inadmisibilidad. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Acción de hábeas data: plazo legal (art. 10 Ley 172-13). Extemporaneidad: causal de inadmisibilidad no aplicable (art. 70.2 LOTCPC). Falta de calidad: medio de inadmisibilidad aplicable al caso concreto. Falta de calidad: imposibilidad de la Dirección General de Impuestos Internos de entregar a terceros los documentos solicitados. Sociedades comerciales: tienen una personalidad propia distinta a las de las personas físicas que las componen (TC/0241/15). Acción de hábeas data: finalidad (TC/0204/13). Acción de hábeas data: inadmisible. Voto particular: Vásquez Acosta.

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26/12/2023
tc-0791-23-tc-05-2017-0155.pdf
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