Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Yuni Antonia de la Rosa Bastardo contra la Sentencia núm. 103, de treinta y uno (31) de agosto de dos mil dieciséis (2016), dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia.
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos (art. 53.3 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: aplicación de normas legales no puede asumirse como una acción violatoria de derechos fundamentales (TC/0057/12; TC/0039/15; TC/0514/15; TC/047/16; y TC/0071/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la aplicación de normas legales por parte de los tribunales judiciales no puede asumirse como una acción violatoria de algún derecho fundamental (TC/0057/12; TC/0039/15; TC/0514/15, TC/0047/16 y TC/0071/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel, Acosta de los Santos y Castellanos Pizano.