Detalle sentencia TC/0743/17

Compartir:
Publicación: Jueves 23 de Noviembre , 2017 / 03:10 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0054

Al recurso de revisión de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Ramón Lorenzo Francisco Flores contra la Sentencia núm. 237/2010, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el primero (1º) de octubre de dos mil diez (2010), y la Resolución núm. 384-2010, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de enero de dos mil once (2011).  

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Sentencia núm. 237/2010. Admisibilidad: previo agotamiento de todos los recursos disponibles dentro de la vía jurisdiccional correspondiente (Art. 53.3.b LOTCP; Art 277 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: es inadmisible por haber tenido disponibles las vías recursivas ante los tribunales ordinarios (TC/0090/12; TC/0053/13; TC/0105/13; TC/0121/13; TC/0130/13). Vías recursivas: pretende salvaguardar el carácter extraordinario de la revisión constitucional (TC/0121/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Resolución núm. 384-2010. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede contra las sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, después de la proclamación de la Constitución del 2010 (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el plazo para interponer el recurso de revisión constitucional es de treinta (30) días a partir de la notificación de la sentencia (Art. 54. 1 LOTCPC). Revisión Constitucional de decisiones jurisdiccionales: inexigibilidad del requisito de la invocación formal previa (Art. 53.3 [a] LOTCPC; TC/0057/12). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: inexigibilidad del agotamiento de los recursos disponibles (Art. 53.3 [b] LOTCPC; (TC/0057/12). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: violación de un derecho fundamental no imputable de modo inmediato y directo al órgano jurisdiccional (Art. 53.3 [c] LOTCPC) (TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se verifica la existencia de violaciones al debido proceso y la tutela judicial efectiva (Art. 69 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Rechaza. Voto particular: magistrados Acosta de los Santos y Castellanos Pizano.

Mostrar PDF en otra pestaña
16/01/2018
tc-0743-17.pdf
359.37 KB