Detalle sentencia TC/0698/17

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Publicación: Miércoles 08 de Noviembre , 2017 / 10:23 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2017-0011

Al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Fernando Castillo González, Amelio de Jesús Pichardo, Roselio González y Miguel Ángel Soto Jiménez contra la Sentencia núm. 004952016, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la Provincia Monseñor Nouel el veintinueve (29) de julio de dos mil dieciséis (2016).   

Sumario

Revisión constitucional de sentencias de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 de la LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de amparo: otra vía (Art. 70.1). Revisión constitucional de sentencias de amparo: deber del juez de amparo de indicar cuál es la vía efectiva que tiene el accionante abierta (Art. 70.1 LOTCPC); (TC/0021/12). Revisión constitucional de sentencias de amparo: para que la vía pueda satisfacer el mandato del legislador, la misma debe ser la idónea a los fines de tutelar los derechos fundamentales vulnerados. Litis derechos Registrados: la Jurisdicción Inmobiliaria cuenta con mecanismos y procedimientos idóneos que garantizan su efectividad (TC/0401/15). Tribunal Constitucional: no puede invadir los ámbitos competenciales de otras jurisdicciones, en la especie, la inmobiliaria (TC/0285/14). Otra vía: Jurisdicción Inmobiliaria (Art. 70.1 LOTCPC). Acción de amparo: inadmisible. Revisión constitucional de sentencias de amparo: Acoge y revoca. Voto particular: magistrados Acosta de los Santos, Castellanos Khoury, Jiménez Martínez y Díaz Filpo. 

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16/01/2018
tc-0698-17.pdf
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