Detalle sentencia TC/0686/17

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Publicación: Miércoles 08 de Noviembre , 2017 / 03:41 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0424

Al recurso de revisión constitucional de hábeas data interpuesto por el señor Huáscar Miguel de Peña Lizardo contra la Sentencia núm. 00360-2016, del veintinueve (29) de agosto de dos mil dieciséis (2016), dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo.

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Competencia (art. 185.4 Constitución, arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Hábeas data: Toda persona tiene derecho a una acción judicial para conocer de la existencia y acceder a los datos que de ella consten en registros o bancos de datos públicos o privados (art. 70 Constitución). Hábeas data: es una garantía constitucional a disposición de todo individuo la cual le permite acceder a cualquier banco de información, registro de datos y referencias sobre sí mismo (TC/0024/13). Hábeas data: Doble dimensión: manifestación sustancial y de carácter instrumental. Acción de hábeas data: finalidad: dirigida al conocimiento de la existencia y a la obtención de datos (TC/0402/15). Libre acceso a la información pública: finalidad (Ley 200-04); (TC/0402/15). Hábeas data: naturaleza. Acción de hábeas data: falta de objeto. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza y confirma. Voto particular: magistrados Díaz Filpo, Castellanos Pizano y Jiménez Martínez.

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16/01/2018
tc-0686-17.pdf
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