Al recurso de revisión constitucional de amparo, incoado por el señor Roberto Emilio Gratereaux Hilario, en contra de la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN00010, del diecinueve (19) de enero de dos mil diecisiete (2017), dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo.
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: todas las sentencias emitidas por el juez de amparo solo son susceptibles de ser recurridas en revisión y en tercería. Revisión constitucional de sentencia de amparo: sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional. Noción abierta e indeterminada (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo: cinco (5) días contados a partir de la fecha de notificación de la sentencia (Art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo: hábil y franco (TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo. Requisitos de admisibilidad. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Jiménez Martínez y Castellanos Pizano.