Detalle sentencia TC/0641/17

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Publicación: Viernes 03 de Noviembre , 2017 / 10:35 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2017-0064

Relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el Ejército de la República Dominicana contra la Sentencia núm. 00195-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de mayo de dos mil dieciséis (2016). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de amparo: es un mecanismo procesal para reclamar ante los tribunales la protección inmediata contra actos u omisiones de autoridad pública o de los particulares que amenacen o vulneren derechos fundamentales (Art. 72 Constitución). Acción de amparo: procedimiento preferente, sumario, oral, público, gratuito y no sujeto a formalidades (Art. 72 Constitución). Acción de amparo: plazo (60 días); (Art. 70.2 LOTCPC). Actos administrativos: de terminación de la relación laboral entre una institución castrense o policial con sus servidores son el punto de partida del plazo de la prescripción de la acción de amparo (TC/0398/16). Plazo: inicia al momento en que el agraviado toma conocimiento de la actuación denunciada como conculcadora de derechos fundamentales. Excepción: violaciones continúas: interrupción del plazo. Acción de amparo: interpuesta luego del plazo de sesenta (60) días (Art. 70 LOTCPC). Acción de amparo: inadmisible por extemporánea (Art. 70.2 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Voto particular: Jiménez Martínez y Vásquez Samuel. 

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16/01/2018
tc-0641-17.pdf
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